La Federación Regional de la Pequeña y Mediana Empresa de Construcción y Afines de Extremadura (PYMECON) considera «inasumibles» las nuevas medidas adoptadas «unilateralmente» por el Gobierno central para atajar el avance del coronavirus y pide una moratoria para poder gestionar «este nuevo escenario».

En un comunicado, la patronal ha explicado que el Decreto 463/2020 aprobado el pasado 14 de marzo no incluyó a las empresas del sector de construcción y afines en la lista de actividades de obligado cierre, lo que ha impedido que todas sus empresas pudieran acogerse a ERTEs considerados de fuerza mayor».

También ha criticado la decisión de que no se considere justificado el despido objetivo derivado de la crisis económica y sanitaria, así como la prórroga automática de los contratos temporales, la imposición de un permiso retribuido para todos los trabajadores hasta el 9 de abril e impedir toda actividad laboral no esencial.

A juicio de PYMECON, estas medidas «suponen una vuelta de tuerca y un torpedo en la línea de flotación de los autónomos y las pequeñas y medianas empresasf de todos los sectores económicos en general y que en la Comunidad Autónoma de Extremadura representan prácticamente el 99% de todo el tejido empresarial».

La federación ha denunciado que estas medidas «adoptadas de forma unilateral y sin apelar al diálogo social» convierten a los empresarios en general, y a los de la construcción y afines en particular, en los «mayores perjudicados» de esta crisis.

«Obligan a las empresas a hacerse cargo de todo los costes salariales que se generen, aun cuando en este contexto las empresas no van a poder ingresar un solo euro, lo cual es absolutamente inasumible, y conllevará a la desaparición de un gran número de ellas que se van a ver abocadas al cierre», ha señalado.

Por todo ello, la patronal ha solicitado una moratoria de al menos 24-48 horas «para poder gestionar este nuevo escenario, ya que muchas empresas tienen que gestionar cuestiones pendientes».

De igual forma, ha exigido la reactivación de los despidos por causas objetivas, «siempre y cuando puedan ser debidamente justificadas y acreditadas en todos sus términos».