¿Sabes si estás obligado a presentar la Renta en 2024? Los límites de ingresos han cambiado, y conocerlos te ayudará a evitar sorpresas. Te contamos todo lo que necesitas saber para saber si debes o no declarar este año.
¿Estás obligado a presentar la Renta 2024? Aunque la temporada de la declaración de la renta siempre llega con dudas y nervios, lo cierto es que saber si te toca rendir cuentas a Hacienda depende, en gran medida, de tus ingresos. En este viaje fiscal, los límites de ingresos juegan un papel crucial: si tus rendimientos se encuentran por debajo de ciertos umbrales, podrías no tener que presentar la declaración.
Sin embargo, si tus ganancias superan esos límites, ¡prepárate para hacer cuentas! Pero no todo es tan sencillo como parece, ya que existen matices y excepciones que pueden cambiar el panorama. En este reportaje, desglosamos los límites de ingresos para la renta 2024, explicando detalladamente quiénes deben hacerlo y quiénes pueden estar tranquilos este año.
¿Quiénes están obligados a declarar?
En términos generales, todos los contribuyentes deben presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) si sus ingresos superan ciertos umbrales establecidos. Sin embargo, no todos los contribuyentes tienen la obligación de declarar. A continuación, desglosamos los principales casos en los que un contribuyente no tendría que hacer la declaración:
- Rendimientos del trabajo: aquellos contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo (salarios, pensiones, etc.) de un único pagador no estarán obligados a declarar si estos no superan los 22.000 euros anuales. Este límite se mantiene igual que en años anteriores.
- Más de un pagador: si los rendimientos proceden de más de un pagador, el límite baja a 15.876 euros anuales, y solo en el caso de que el total de los ingresos provenientes del segundo y restantes pagadores no supere los 1.500 euros anuales. Este límite ha sido incrementado respecto al ejercicio anterior, que era de 15.000 euros.
- Pensiones compensatorias o anualidades por alimentos: en aquellos casos en los que se reciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas, el límite para no declarar también se establece en los 15.876 euros.
- Rendimientos del capital y ganancias patrimoniales: aquellos que obtengan rendimientos del capital mobiliario (como dividendos, intereses, etc.) o ganancias patrimoniales (ventas de acciones, inmuebles, premios, etc.), siempre que estos sean sometidos a retención o ingreso a cuenta, deberán declarar si el total de estas rentas supera los 1.600 euros anuales.
- Rentas inmobiliarias imputadas: también están obligados a declarar aquellos contribuyentes que obtengan rentas inmobiliarias imputadas o rendimientos derivados de ayudas públicas (como subvenciones para la adquisición de viviendas protegidas), siempre que el total de estas rentas supere los 1.000 euros anuales.
¿Cuándo Estás Obligado a Declarar Independientemente de tus Ingresos?
En el ámbito fiscal, existen ciertas situaciones en las que los contribuyentes, independientemente de los ingresos que hayan obtenido durante el año, deben presentar su declaración de la Renta. A continuación, detallamos algunos de los casos más relevantes en los que la obligación de declarar no depende del volumen de ingresos percibidos, sino de otras circunstancias específicas.
Uno de los casos más destacados es el de aquellas personas que reciben el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación económica destinada a garantizar un nivel mínimo de ingresos a las familias en situación de vulnerabilidad. Regulado por la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, este ingreso está sujeto a una normativa especial que establece que los beneficiarios del IMV, así como todos los miembros de su unidad de convivencia, tienen la obligación de presentar la declaración de la renta.
Este requerimiento es independiente de si los miembros de la unidad de convivencia cumplen o no con los umbrales establecidos en la Ley del IRPF para estar obligados a declarar. Por lo tanto, aunque los ingresos totales de la unidad familiar puedan ser bajos, el solo hecho de recibir esta prestación conlleva la obligación de realizar la declaración, lo que asegura que las ayudas sean correctamente gestionadas y no se produzcan errores o fraudes en su distribución.
Otro aspecto clave son las rentas exentas, que aunque no se consideran para calcular la base imponible a efectos de la obligación de declarar, sí tienen una implicación relevante. Existen tipos de rentas que están expresamente exentas de tributación, como es el caso de las pensiones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, las becas públicas destinadas a la formación académica o las anualidades por alimentos que se reciben por decisión judicial, entre otras.
Aunque estas rentas no se incluyen en los cálculos del umbral de ingresos, los contribuyentes que las perciban pueden encontrarse en la obligación de declarar si sus demás rendimientos superan los límites establecidos para ello. Por tanto, aunque estas rentas no sean objeto de tributación, su percepción no exime automáticamente a los contribuyentes de cumplir con su obligación de presentar la declaración en aquellos casos en los que su situación económica global lo requiera.
Finalmente, un grupo de contribuyentes que siempre deberán presentar la declaración, independientemente de la cuantía de sus ingresos, son aquellos que estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Aunque los ingresos obtenidos como autónomo puedan ser bajos, el solo hecho de estar registrado como trabajador por cuenta propia implica la obligación de presentar la declaración de la Renta.
Este requisito se mantiene incluso en situaciones en las que el volumen de ingresos no sobrepase los umbrales establecidos para estar obligado a declarar, ya que el Régimen de Autónomos exige una transparencia fiscal total por parte de sus miembros. Además, es importante destacar que los autónomos también pueden beneficiarse de ciertas deducciones y reducciones específicas en función de sus rendimientos y gastos, lo que hace aún más relevante el cumplimiento de la declaración.
Novedades para la Renta 2024: incrementos y reducciones
El año 2024 trae consigo algunas modificaciones en la declaración de la Renta, y entre ellas destaca un incremento significativo en la reducción por rendimientos del trabajo. Esta medida puede resultar beneficiosa para muchos contribuyentes que obtienen sus ingresos exclusivamente de su actividad laboral, ya que busca aliviar la carga fiscal de aquellos con rendimientos más modestos.
La principal novedad en este sentido es que la reducción por rendimientos del trabajo ha subido a 7.302 euros en 2024, frente a los 6.498 euros que se aplicaban en 2023. Este incremento se traduce en una mayor deducción en la base imponible para los trabajadores con ingresos bajos, lo que resulta en una menor cantidad de impuestos a pagar. La cantidad de la reducción varía en función de los rendimientos netos que haya obtenido el contribuyente, y su aplicación depende de ciertos umbrales de ingresos.
Para aquellos trabajadores cuyos rendimientos netos del trabajo no superen los 14.852 euros, la reducción será de 7.302 euros completos. Esto representa una gran ayuda fiscal para los trabajadores con los ingresos más bajos, quienes, gracias a esta modificación, verán reducida su base imponible de forma significativa.
Sin embargo, esta reducción no es lineal, ya que, a medida que los rendimientos netos del trabajo aumentan, la reducción va disminuyendo de forma progresiva. Así, entre los 14.852 euros y los 17.673,52 euros, la reducción se ajusta en función de la diferencia que exista entre el rendimiento del trabajo y el límite superior de este tramo. Este ajuste tiene como objetivo mantener la progresividad del sistema fiscal y garantizar que la ayuda se concentre en aquellos con ingresos más bajos.
Por último, los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo que oscilen entre los 17.673,52 euros y los 19.747,5 euros experimentarán una reducción menor, que se va ajustando de manera proporcional a su nivel de ingresos.
¿Qué ocurre en el caso de la tributación conjunta?
La tributación conjunta es una opción que pueden elegir los contribuyentes que forman parte de una unidad familiar, y aunque a primera vista podría parecer que los límites de ingresos para presentar la declaración se multiplican por el número de miembros del hogar, esto no es así. En realidad, se aplican los mismos límites que en la tributación individual, lo que significa que los umbrales de ingresos no aumentan simplemente por el hecho de que haya más personas en la unidad familiar.
Sin embargo, la gran diferencia con la tributación individual es que los rendimientos de todos los miembros de la unidad familiar se agrupan y se someten a un gravamen acumulado. Esto puede generar beneficios fiscales en ciertos casos, ya que al combinar los ingresos de todos los miembros, podría lograrse una base imponible más baja y, por ende, una menor cantidad de impuestos a pagar. Este beneficio es especialmente relevante cuando uno o varios miembros de la familia tienen rendimientos bajos o nulos, lo que puede hacer que los ingresos más altos del hogar tributen a un tipo impositivo más bajo.
Además, el mínimo personal aplicable a las declaraciones conjuntas será de 5.550 euros anuales, sin importar cuántos miembros integren la unidad familiar. Este mínimo personal se aplica individualmente a cada contribuyente dentro de la unidad, teniendo en cuenta su edad, discapacidad u otras circunstancias personales. De esta forma, los miembros de la unidad familiar pueden beneficiarse de este mínimo en función de sus características específicas, lo que permite ajustar la base imponible de cada contribuyente y reducir el monto final de la deuda tributaria.
Calendario de la declaración de la Renta 2024
El proceso para confeccionar y presentar la declaración de la Renta y Patrimonio de 2024 tiene un calendario específico. Es crucial conocer las fechas clave para no perderse los plazos. A continuación, les detallamos las principales fechas a tener en cuenta:
Desde el 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025: este es el periodo para la presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio de 2024. Durante este tiempo, los contribuyentes podrán confeccionar y enviar su declaración de forma electrónica, lo que agiliza el proceso y permite hacerlo desde la comodidad del hogar.
Desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2025: la Agencia Tributaria ofrecerá el servicio de confección de la declaración de Renta 2024 por teléfono. Para acceder a este servicio, es necesario solicitar cita previa entre el 29 de abril y el 27 de junio de 2025. Este servicio es especialmente útil para quienes prefieren ser asistidos de manera telefónica en lugar de hacerlo por su cuenta.
Desde el 2 de junio hasta el 30 de junio de 2025: para quienes prefieren un trato más personalizado, la Agencia Tributaria también ofrecerá la opción de confeccionar la declaración presencialmente en sus oficinas. Para ello, es necesario solicitar cita previa entre el 29 de mayo y el 27 de junio de 2025.
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