La Audiencia Provincial ha dictado una diligencia de ordenación mediante la cual da traslado a todas las partes personadas para que, si lo estiman oportuno, presenten las alegaciones correspondientes en relación con la solicitud planteada por tres letrados que han pedido la modificación de la fecha señalada para la celebración del juicio oral en la causa que involucra a Miguel Ángel Gallardo y David Sánchez.

El procedimiento continúa según el calendario procesal establecido

El tribunal mantiene, por el momento, el señalamiento fijado, a la espera de recibir y valorar las alegaciones de las partes. La diligencia se dicta en cumplimiento de los principios de contradicción y derecho de defensa, permitiendo que tanto acusaciones como defensas puedan pronunciarse de forma formal y documentada respecto a la petición de cambio de fecha.

La Audiencia Provincial subraya en su resolución que el traslado se efectúa “a los efectos legalmente previstos”, sin prejuzgar la decisión final sobre una posible alteración del calendario judicial. Hasta que no se analicen las alegaciones, el señalamiento continúa vigente.

Motivos alegados por los letrados solicitantes

Según ha trascendido, los tres abogados que han presentado la solicitud argumentan que concurren circunstancias que, a su juicio, justificarían modificar el calendario previsto, relacionadas con la disponibilidad procesal, la preparación de la vista o la coincidencia con otras obligaciones judiciales. La Audiencia ha optado por seguir el trámite habitual en estos casos: dar intervención a todas las partes antes de adoptar una resolución definitiva.

Un proceso con elevada relevancia institucional

El procedimiento penal en el que se enmarca esta diligencia ha generado un notable interés público, al afectar a Miguel Ángel Gallardo —responsable político de primer nivel en Extremadura— y a David Sánchez, profesional del ámbito cultural. La fase de juicio oral constituye un momento clave del proceso, en el que se depurarán responsabilidades y se practicarán las pruebas propuestas.

La Audiencia Provincial reitera en su comunicación que los calendarios procesales, cuando se fijan, responden a criterios de disponibilidad de sala, organización interna y complejidad del procedimiento, pudiendo ser modificados únicamente por causas justificadas y siempre siguiendo los cauces legales.

Próximos pasos

Tras el traslado acordado mediante la diligencia de ordenación:

  1. Las partes dispondrán del plazo legal correspondiente para presentar alegaciones.
  2. El tribunal estudiará los argumentos expuestos por cada representación procesal.
  3. Posteriormente, la Audiencia resolverá si procede o no modificar la fecha del juicio.
  4. En caso de mantenerse el señalamiento actual, se confirmará formalmente a todos los intervinientes y se continuará con la fase preparatoria de la vista oral.

La resolución que adopte finalmente la Audiencia Provincial será notificada a todas las partes conforme a los cauces ordinarios.

Agencias