El juez de guardia José Luis Calama abre diligencias judiciales al no poder descartarse un posible acto de sabotaje informático en infraestructuras críticas españolas que encajarían en un delito de terrorismo.

La Audiencia Nacional ha abierto diligencias para investigar un posible delito de terrorismo cuando apenas habían transcurrido 24 horas desde el apagón que afectó a la Península Ibérica este lunes. El magistrado José Luis Calama, en funciones de juez de guardia de este tribunal, explica en un auto queaunque la causa del apagón aún es desconocida, “el ciberterrorismo se en encuentra entre una de las posibles” y por tanto resulta “necesaria” la apertura de una investigación judicial.

El magistrado da un plazo de diez días al Centro Criptológico Nacional y a Red Eléctrica para que le hagan llegar sendos informes “indicando la causa o las causas” que motivaron el apagón. Igualmente, la jefatura de Información de la Policía Nacional dispone de diez días para elaborar un informe preliminar.

 

Se da la circunstancia de que mientrasRed Eléctrica ha rechazado este martes la hipótesis de un ciberataque, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en abierta contradicción con las explicaciones de la operadora, ha mantenido durante su comparecencia de este mediodía en La Moncloa que se sigue investigando el origen del incidente sin poder descartar siquiera «un ataque terrorista».

Según el auto, el incidente afectó “a sistemas informáticos que soportan infraestructuras que proporcionan los servicios esenciales a la sociedad como salud, energía, industria, transporte, etc.”, lo que ha supuesto una situación crítica para el bienestar y sentimiento de seguridad de todos los ciudadanos.

 

De este modo, se abren las primeras diligencias judiciales al no haberse descartado aún “un posible acto de sabotaje informático en infraestructuras críticas”, y por tanto un delito de terrorismo.

Según el artículo 573 del Código Penal, los delitos informáticos pueden ser calificados como terrorismo cuando su finalidad sea desestabilizar gravemente el orden constitucional o el funcionamiento de los servicios esenciales.

El instructor examina en su resolución la legislación nacional y europea en materia de protección de infraestructuras críticas y lucha contra el ciberterrorismo y que, en el caso de España, llevó al legislador a introducir en el Código Penal este fenómeno dentro de los delitos de terrorismo.

En concreto, en el artículo 573. 2 en el que inicialmente encajarían los hechos “en el caso de que su origen hubiera estado auspiciado en la forma y con alguna de las finalidades descritas en dicho tipo penal”.

ondacero.es