La sentencia fue recurrida por parte de cuatro de los acusados, que pidieron la nulidad al no haberse grabado una de las sesiones del juicio, pero finalmente la Sala ha desestimado este recurso.

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha desestimado los recursos presentados contra la sentencia de 14 de febrero de 2023 de la Audiencia Provincial de Badajoz, y confirma por tanto la condena de tres hombres acusados de un robo con violencia que acabó con la vida de un ganadero en Feria a la pena de 29 años de prisión y a sus parejas como «cooperadoras necesarias» a 12 años 7 meses y un día a dos de ellas y a una tercera a 2 años y 2 meses de prisión.

La sentencia fue recurrida por parte de cuatro de los acusados, que pidieron la nulidad al no haberse grabado una de las sesiones del juicio, pero finalmente la Sala ha desestimado este recurso que «la grabación aportada por el ente público se aprecia que está completa, sin que las partes hayan podido cuestionar la veracidad de su contenido, su integridad y su accesibilidad».

Por eso, considera la sala que «no se ha causado indefensión material a los apelantes en cuanto se les entregó copia de dicha grabación y se les permitió realizar las alegaciones que consideraran pertinentes respecto a los motivos esgrimidos en sus escritos de recurso. Solo uno de los recurrentes lo hizo».

De esta forma, la Sala Civil y Penal valida las grabaciones aportadas por un medio de comunicación «en cuanto se subsanó un defecto con una grabación fidedigna que impedirá una nulidad de graves consecuencias para la garantía de una tutela judicial efectiva sin dilación procesal, a todas luces innecesaria».

En este sentido la sentencia señala que «no se trató de sustituir la grabación realizada por el propio tribunal por una realizada por un medio de comunicación, sino que, ante la ausencia de aquella grabación, por causa no imputable al tribunal, se facilitó a todas las partes la correspondiente articulación de sus escritos de recurso y de contestación», a éstos, y se subsano una documentación de la sesión del juicio oral cuya grabación fue defectuosa, a través de los medios de comunicación presentes en la sala, algo que era público y notorio para todas las partes».

Se desestima, por tanto, el motivo de los recursos destinado a instar la nulidad y la subsiguiente absolución por infracción el derecho a la presunción de inocencia, según informa el TSJEx en nota de prensa.

Cabe recordar que la sentencia de instancia condenaba a cada uno de los tres acusados por un delito de homicidio a 13 años de prisión, por el delito de robo con intimidación y violencia en las personas en casa habitada y con uso de armas y agravante de disfraz 8 años de prisión, por el delito de detención ilegal a 6 años de cárcel y por el de lesiones a 2 años.

Además, a dos de sus parejas en el momento de los hechos las condenas como penalmente responsables como cooperadoras necesarias de un delito de robo con intimidación y violencia en las personas en casa habitada y con uso de armas a la pena de prisión de 6 años, por un delito de detención ilegal a la pena de 5 años y 1 día y por el delito de lesiones a un año, siete meses y dieciséis días.

Una tercera acusada ha sido condenada por el delito de robo con intimidación a 24 meses de prisión y por el de lesiones a 2 meses.

Además en concepto de responsabilidad civil tendrán que indemnizar conjuntamente y de forma solidaria a la viuda con 13.811 euros, a los tres hijos con 25.560 euros y a los tres hermanos del fallecido con 19.250 euros.

Asimismo, por las lesiones causadas a la viuda tendrán que indemnizarla con 38.800 euros y por el pago de los efectos sustraídos 43.000 euros.

La sentencia siguiendo el objeto del veredicto considera como hechos probados que el 10 de mayo de 2020, en pleno Estado de Alarma por la Covid, los tres hombres engañaron al dueño de la finca para que saliera de la casa con la excusa de que necesitaban asistencia en carretera.

Uno de ellos había trabajado en la finca y unos días antes habían intentado el robo sin éxito, y ya una vez dentro de la casa maniataron al dueño y a su mujer y de forma muy agresiva les exigían que les diera todo el dinero y objetos de valor que había en la casa.

Uno de ellos disparó en el tórax al ganadero que quedó tirado en el suelo y huyeron con el dinero y objetos sustraídos sin desatar a la mujer para que no pudiera llamar a la policía ni a los servicios de emergencia, falleciendo el hombre a causa del disparo.

Finalmente, apunta el TSJEx que la sentencia no es firme, por lo que cabe recurso de casación.