El tribunal frena la maniobra de los acusados para retrasar el juicio del caso David Sánchez
La Sala Especial del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha desestimado por unanimidad la recusación presentada por las defensas en la causa que afecta a David Sánchez Pérez-Castejón, hermano del presidente del Gobierno, al ex presidente de la Diputación de Badajoz Miguel Ángel Gallardo y a otros nueve acusados vinculados al entorno político del PSOE extremeño. Con esta decisión, el alto tribunal extremeño cierra la vía intentada por los procesados para apartar a los magistrados encargados del enjuiciamiento y despeja el camino hacia la celebración del juicio oral, prevista para el próximo 28 de mayo en la Audiencia Provincial de Badajoz.
La resolución supone un claro revés para la estrategia defensiva de los acusados, que alegaban una supuesta “pérdida de imparcialidad objetiva” de los magistrados por haber intervenido previamente en resoluciones clave durante la fase de instrucción. El TSJEx rechaza de plano este argumento y considera que no existe fundamento alguno que justifique la recusación, avalando así la continuidad del tribunal que juzgará unos hechos de especial relevancia política e institucional.
El auto judicial desmonta la tesis de las defensas, que pretendían presentar como una vulneración de derechos lo que el tribunal califica, en esencia, como una discrepancia con resoluciones desfavorables. La Sala recuerda que el hecho de haber resuelto recursos de apelación o de conocer en profundidad el procedimiento no implica, por sí mismo, falta de objetividad ni prejuicio alguno, subrayando que será en el juicio oral donde los magistrados formen su criterio definitivo tras la práctica de las pruebas.
De este modo, el TSJEx frena lo que diversas fuentes jurídicas interpretan como un intento de dilatar el procedimiento y generar dudas sobre la legitimidad del tribunal, en una causa que afecta directamente a figuras relevantes del PSOE en Extremadura y al entorno familiar más próximo del presidente del Gobierno. Una estrategia que, lejos de prosperar, ha sido rechazada sin fisuras por el alto tribunal autonómico.
Especialmente significativo resulta que la Sala reste importancia a las críticas de las defensas sobre determinadas expresiones utilizadas en resoluciones previas, señalando que no constituyen juicios anticipados ni valoraciones concluyentes sobre la culpabilidad de los acusados. En relación con la referencia al “hermanísimo”, el tribunal aclara que no es una expresión acuñada por los magistrados, sino que aparece en documentación incorporada a la causa, desmontando así uno de los argumentos más reiterados por la defensa de David Sánchez.
El caso adquiere una dimensión política añadida por la situación de Miguel Ángel Gallardo, ex secretario general del PSOE extremeño y diputado electo, cuya eventual toma de posesión del acta podría provocar un cambio de competencia judicial por su aforamiento. Un escenario que incrementa el interés público y refuerza la percepción de que la recusación formaba parte de una estrategia más amplia para alterar el curso del procedimiento.
Con esta resolución, el TSJ de Extremadura envía un mensaje claro: no cabe cuestionar la imparcialidad judicial como recurso táctico cuando las decisiones previas no han sido favorables. La Justicia continúa su curso y el tribunal encargado del enjuiciamiento mantiene intacta su composición, dejando a los acusados sin el argumento de una supuesta persecución o falta de garantías.
A menos de dos meses del inicio del juicio, la causa entra así en su fase decisiva, con un tribunal ratificado, unas acusaciones que siguen adelante y un entorno político que observa con atención un proceso judicial que afecta de lleno al núcleo del poder socialista en Extremadura.



