Estarán dotadas con un presupuesto de 6,4 millones de euros para las anualidades del 2025 y 2026.
El Documento Oficial de Extremadura ha publicado en su edición de este jueves la convocatoria de las subvenciones del programa «Bono Alquiler Joven», correspondiente a las anualidades 2025 y 2026, dotadas con un presupuesto de 6,4 millones de euros y que podrán solicitarse durante tres meses a contar desde hoy jueves. Ayudas que tendrán efecto retroactivo desde el 1 de enero del 2024 y la cuantía de la ayuda será de 250 euros mensuales.
Podrán optar a estas ayudas, de 250 euros mensuales, jóvenes de hasta 35 años, para poder pagar el alquiler de una vivienda o una habitación durante dos años, según ha precisado este martes la portavoz de la Junta, Victoria Bazaga, en rueda de prensa tras la reunión del Gobierno extremeño. Con esta iniciativa se “busca apoyar la emancipación y el acceso a la vivienda de los jóvenes extremeños”, ha dicho. La convocatoria se abrirá al día siguiente de la publicación en Diario Oficial de Extremadura (DOE).
Según explicó a inicios de mayo la directora general de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana, Lidia López Paniagua, en la Asamblea de Extremadura, estas ayudas, procedentes del Plan Estatal de Vivienda, estaban previstas para el primer trimestre del año, pero el Ejecutivo autonómico afirmó entonces que no había podido activarlas antes porque hasta diciembre no se había recibido por parte del Gobierno central la anualidad de 2024.
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Los requisitos, según aclaró López Paniagua, permanecen igual que en la primera convocatoria, pese a que desde la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda extremeña consideran que la regulación de estas ayudas «debería mejorarse» y así se trasladó al ministerio.
2.430 jóvenes beneficiados el año pasado
El año pasado se recibieron 3.893 solicitudes de las que 2.430 jóvenes se vieron finalmente beneficiados. De cara a esta nueva edición la cantidad bajará considerablemente: hasta los 1.200 beneficiarios, según las previsiones que maneja la Junta, «ya que la cuantía asignada por el Estado es del 50% de la convocatoria anterior», adujo la directora general.
De acuerdo con la convocatoria, además del requisito de la edad, podrán optar a las ayudas las personas físicas que, teniendo una fuente regular de ingresos, sean titulares o estén en condiciones de suscribir, en calidad de arrendatarias, un contrato de arrendamiento de una vivienda, un contrato de arrendamiento de una habitación o bien un contrato de cesión de uso de una vivienda o habitación que debe constituir su residencia habitual y permanente.
Renta y propiedades
Las personas integrantes de la unidad de convivencia no deben ser propietarias o usufructuarias de otra vivienda en España y sus ingresos anuales han de ser iguales o inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Dicho umbral será de 3,5 veces el IPREM, en caso de que convivan dos personas jóvenes beneficiarias en la vivienda, y de 4 veces el IPREM, cuando sean tres o más.
El precio de arrendamiento o de cesión de uso de la vivienda debe ser igual o inferior a 600 euros mensuales o a 300 euros si se trata de una habitación, ha destacado la Junta.
Puede consultar en el siguiente enlace la Resolución:
https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1320o/25062593.pdf



