El Consejo de Ministros decidía este martes extender gran parte del llamado escudo social vigente en materia energética para proteger a los colectivos más vulnerables.
El bono social fijado por el Gobierno con el fin de proteger a determinados colectivos de consumidores económica o socialmente más vulnerables, se prorroga hasta el 30 de junio de 2025.
El BOE de este martes recogía un decreto ley que anunciaba esta extensión del aumento de los descuentos en la factura de la luz. El bono seguirá siendo del 65% para consumidores vulnerables (antes de la reforma era del 25%) y del 80% para vulnerables severos (frente al 40 anterior).
Eso sí, esas subidas irán, progresivamente, menguando, de forma similar a lo que pasará con el IVA de los alimentos básicos.
A partir del 1 de octubre, los descuentos serán del 57,5% para consumidores vulnerables y del 72,5% para vulnerables severos. Desde enero de 2025, del 50 y el 65%; y de abril a junio de 2025, del 42,5 y el 57,5%, respectivamente.
A partir de julio de 2025, se quedarán ya en sus nuevos porcentajes: del 35% para consumidores vulnerables (frente al 25% anterior a la crisis) y del 50% para vulnerables severos (frente al 40).
Eso sí, no se prorroga y, por tanto, desaparece, la categoría extra creada para que más hogares pudieran acogerse de forma temporal a esta ayuda. Eso significa que las casas que, aplicando los extras por menores u otras condiciones especiales, estuvieran entre 1,5 y 2 veces el IPREM y fueran beneficiarios del bono social gracias a esta vía extra, dejarán de serlo a partir del 1 de julio.
Se mantienen entonces las tres vías de acceso anteriores a la crisis: para familias numerosas, independientemente de la renta; para jubilados por incapacidad o jubilación sin ingresos cuantiosos extra; y por renta, pero para ingresos por debajo de 1,5 veces el IPREM.
En paralelo, la norma prorroga la prohibición del corte de suministros para personas vulnerables hasta fin de año.
Cómo solicitar el bono social eléctrico
Ser titular de un contrato de electricidad con una potencia contratada igual o inferior a 10 kilovatios.
Cumplir con los criterios de renta establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, según los límites establecidos según el IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples) de 14 pagas (está en los 8.400 euros): 1,5 veces el IPREM si no forma parte de una unidad de convivencia o no hay menores a cargo; 0,3 veces el IPREM por cada miembro adicional mayor de edad; y 0,5 veces el IPREM por cada menor de edad de la unidad de convivencia.
Pertenecer a una de las siguientes categorías: familias numerosas, pensionistas, desempleados y beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, entre otros.
Todos estos umbrales se incrementarán en 0,5 veces el IPREM si se cumple alguna de estas circunstancias:
Que algún miembro de la unidad de convivencia tenga una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, sea víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.
Que algún miembro de la unidad de convivencia se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado 2 o 3.
Que se acredite que la unidad de convivencia está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor (familias monoparentales).