El Diario Oficial de Extremadura ha publicado, en su edición del jueves 27 de julio, el decreto por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para el apoyo a aceleradoras culturales, al amparo de los Fondos Next Generation EU y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia; y aprueba, asimismo, la única convocatoria por un importe total de 543.632 euros.
El objeto de estas ayudas es acelerar el crecimiento del tejido empresarial y profesional de las industrias culturales y creativas, impulsar la transformación a la cultura digital y la incorporación de nuevas tecnologías, favorecer las interconexiones entre las industrias culturales y creativas y de éstas con otros sectores económicos, así como la mejora del acceso a la financiación de estas industrias.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) y las microempresas, así como las personas físicas con el compromiso de constituirse como empresas o autónomos al recibir la ayuda. Los proyectos y las actividades para los que se solicita la ayuda deberán estar vinculados a procesos de aceleración en la cadena de valor de las industrias culturales y creativas, a través de actividades y acciones de investigación, formación, producción, exhibición, distribución o comercialización, entre otros.
La actividad para la que solicita la ayuda debe desarrollarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el proyecto presentado debe tener un presupuesto total subvencionable igual o superior a 50.000 euros. El importe de estas ayudas, que tienen un procedimiento de concesión de concurrencia competitiva, no podrá, en ningún caso, ser de tal cuantía que supere el 80 % del coste total del proyecto ni la cantidad máxima de 90.000 euros por proyecto o por beneficiario, ni superar el importe de la solicitud presentada.
Los proyectos que sean objeto de ayuda deberán ejecutarse entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2026. El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles computados a partir del día 28 de julio del presente año.