AEPIRO denuncia una oleada de cancelaciones y prohibiciones en Andalucía, Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha y Extremadura y reclama que las limitaciones se ajusten al riesgo real de cada emplazamiento
La patronal sostiene que los fuegos artificiales representaron solo el 0,049 % de la superficie forestal quemada en España entre 2015 y 2023 y pide una Mesa de Diálogo con las comunidades autónomas para compatibilizar la prevención de incendios con la celebración de fiestas y espectáculos
Madrid, 18 de agosto de 2026.– La Asociación Española de la Pirotecnia (AEPIRO) ha elevado el tono de sus críticas ante las restricciones y cancelaciones de espectáculos pirotécnicos que se están produciendo durante la campaña estival en distintos puntos de España por el riesgo de incendios forestales. La organización empresarial advierte de una situación de “asfixia económica y social” para un sector que concentra una parte muy significativa de su actividad durante los meses de verano y considera que la aplicación de prohibiciones generales está poniendo en peligro la continuidad de numerosas empresas.
La patronal denuncia que Administraciones autonómicas y locales están recurriendo, a su juicio, a vetos preventivos y cancelaciones generalizadas que no siempre diferencian entre espectáculos celebrados en zonas forestales o próximas a masas vegetales y aquellos que tienen lugar en cascos urbanos, plazas, recintos especialmente acondicionados o terrenos agrícolas sin continuidad forestal.
AEPIRO sostiene que esta situación está afectando especialmente a comunidades como Andalucía, Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha y Extremadura, donde, según la asociación, se han producido restricciones que están comprometiendo contratos previamente cerrados y programaciones de fiestas patronales.
La organización considera que la preocupación por los incendios forestales es legítima y que la seguridad debe constituir una prioridad, pero reclama que las decisiones se adopten atendiendo a criterios técnicos, objetivos y territorialmente delimitados, de forma que el nivel de riesgo concreto de cada emplazamiento sea el elemento determinante para autorizar, condicionar, aplazar o suspender un espectáculo.
Una campaña estival especialmente crítica para el sector
El impacto económico de las restricciones adquiere especial relevancia por el momento del año en que se están produciendo. Según AEPIRO, aproximadamente el 80 % de la facturación anual del sector se concentra en las fiestas patronales de los meses de julio y agosto, por lo que la suspensión de espectáculos durante este periodo tiene una incidencia directa sobre la viabilidad de las empresas.
La patronal advierte de que las empresas pirotécnicas trabajan con una estructura de actividad especialmente vinculada al calendario festivo. La planificación de los espectáculos requiere meses de antelación, contratación de personal especializado, adquisición y almacenamiento de productos, preparación logística, transporte, seguros, permisos y organización de equipos.
Cuando un espectáculo se cancela pocos días antes de su celebración, la empresa no siempre tiene capacidad para recuperar los recursos ya comprometidos ni para sustituir el contrato perdido por otro. El problema se agrava, según el sector, cuando las cancelaciones se producen de manera simultánea en distintos municipios durante las mismas semanas.
AEPIRO sostiene que esta situación está provocando una parálisis de las agendas de las empresas precisamente durante el periodo de mayor actividad del año.
La asociación considera especialmente perjudicial que algunos ayuntamientos puedan optar por cancelar preventivamente espectáculos ante la posibilidad de que las condiciones meteorológicas empeoren, incluso antes de que exista una prohibición concreta aplicable al emplazamiento.
En este contexto, el sector reclama que las decisiones se adopten de acuerdo con el riesgo existente en el momento de la celebración y con las características específicas del lugar elegido.
AEPIRO cuestiona que el riesgo de incendio se atribuya de forma general a la pirotecnia
Uno de los principales argumentos utilizados por la patronal para defender su posición son las estadísticas de causalidad de incendios forestales.
AEPIRO afirma, citando datos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), que los fuegos artificiales fueron responsables del 0,049 % de la superficie forestal quemada en España entre 2015 y 2023.
La asociación señala asimismo que los porcentajes serían todavía inferiores en algunas de las comunidades donde se están aplicando restricciones. Según los datos que maneja la patronal, la pirotecnia habría estado relacionada con el 0,016 % de la superficie forestal quemada en Castilla y León y con el 0,011 % en Aragón durante el periodo analizado.
AEPIRO utiliza estas cifras para defender que la pirotecnia no puede ser considerada, con carácter general, como uno de los principales factores causantes de los grandes incendios forestales y reclama que las prohibiciones respondan a una evaluación individualizada del peligro.
La patronal insiste en que no cuestiona la necesidad de suspender actividades cuando exista un riesgo real y elevado de propagación del fuego, especialmente en espacios forestales o en sus áreas de influencia. Lo que rechaza es que, a su juicio, ese criterio se traslade automáticamente a cualquier espectáculo pirotécnico celebrado durante el verano con independencia de sus condiciones concretas.
Un sector sometido a una estricta regulación de seguridad
AEPIRO recuerda además que la actividad pirotécnica se encuentra sometida a un amplio marco regulatorio estatal y europeo.
El Real Decreto 989/2015, que aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, establece las condiciones de seguridad aplicables a estos productos y regula aspectos como su fabricación, comercialización, almacenamiento, transporte y utilización. La normativa incorpora además las exigencias derivadas de la regulación europea y contempla el marcado CE y los procedimientos de evaluación de conformidad para los artículos pirotécnicos.
La regulación establece asimismo categorías de productos y diferentes requisitos de seguridad en función de sus características. Entre ellos figuran las distancias de seguridad y condiciones específicas de utilización.
En el caso de los espectáculos realizados por profesionales, la normativa establece además diferentes procedimientos de notificación y autorización dependiendo de la cantidad de materia pirotécnica empleada. Para determinados espectáculos se exige autorización expresa de la Delegación del Gobierno, mientras que en otros supuestos se contempla un régimen de notificación previa.
La normativa exige igualmente documentación específica y contempla aspectos relacionados con las zonas de lanzamiento, zonas de seguridad, distancias respecto al público y edificios, responsabilidad de la empresa especializada y medidas de protección.
AEPIRO considera que este marco demuestra que la actividad profesional no se desarrolla de forma improvisada, sino que está sometida a controles específicos y a una planificación técnica destinada a reducir los riesgos inherentes al uso de material pirotécnico.
Seguridad industrial y prevención de incendios
La patronal reclama, por tanto, que se diferencien dos ámbitos regulatorios que, en su opinión, están confluyendo en las actuales cancelaciones: por un lado, la seguridad industrial y pirotécnica y, por otro, la prevención de incendios forestales.
La asociación considera que ambas cuestiones deben coordinarse y que las restricciones derivadas del riesgo de incendio no deberían aplicarse de forma automática cuando un espectáculo se desarrolla en un entorno urbano sin continuidad forestal.
Esta cuestión adquiere especial relevancia porque la propia Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, establece en su artículo 5 que no tienen la consideración de monte, a efectos de esa norma, los terrenos dedicados al cultivo agrícola y los terrenos urbanos, sin perjuicio de las competencias autonómicas y de otras regulaciones aplicables.
La patronal considera que esta delimitación debe tenerse en cuenta a la hora de aplicar restricciones derivadas de la legislación forestal.
No obstante, la regulación estatal también habilita a las comunidades autónomas para establecer medidas de prevención y defensa frente a incendios, particularmente en montes y áreas colindantes, y la normativa autonómica puede desarrollar sistemas propios de regulación en función del riesgo existente.
Por ello, la cuestión que plantea AEPIRO no es tanto la inexistencia de capacidad administrativa para establecer restricciones como la necesidad de que estas se apliquen, según la asociación, dentro del ámbito territorial que corresponda y con criterios proporcionales al peligro existente.
La regulación autonómica contempla escenarios de riesgo muy alto o extremo
El debate se produce, además, en un contexto en el que las comunidades autónomas están reforzando sus mecanismos de prevención ante campañas de incendios cada vez más complejas.
La Ley de Montes, en su artículo 48, establece medidas específicas para situaciones en las que, de acuerdo con la información meteorológica, sea predecible un riesgo de incendio de nivel muy alto o extremo. Entre las limitaciones previstas se encuentra la introducción y uso de material pirotécnico en los ámbitos afectados.
Las comunidades autónomas han desarrollado estas previsiones mediante sus propias normas.
En Extremadura, por ejemplo, la Junta declaró para 2026 la época de peligro alto de incendios forestales entre el 1 de junio y el 15 de octubre. La regulación establece que, cuando el riesgo alcance niveles muy altos o extremos, se prohíbe la introducción y utilización de material pirotécnico, además de otras actividades potencialmente generadoras de incendios.
La normativa extremeña contempla asimismo un régimen específico para determinadas actividades durante la época de peligro alto y regula los usos y actividades que requieren autorización.
En Castilla-La Mancha, la regulación aprobada para 2026 establece igualmente prohibiciones vinculadas al Índice de Propagación Potencial cuando alcanza niveles muy altos o extremos y contempla expresamente la prohibición de introducir y utilizar material pirotécnico en los ámbitos afectados.
Esta realidad normativa es relevante porque demuestra que la discusión no se centra únicamente en si las Administraciones pueden limitar el uso de pirotecnia, sino en cómo, cuándo y sobre qué espacios deben aplicarse las restricciones.
El nuevo índice de peligro de incendios de AEMET
Otro elemento que entra en el debate es la evolución de los sistemas de información meteorológica utilizados para determinar el riesgo.
La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) puso en marcha en mayo de 2026 un nuevo Índice de Peligro de Incendios Forestales (IPIF), coincidiendo con el inicio de la campaña de incendios.
Este nuevo sistema incorpora, además de variables meteorológicas como temperatura, humedad, viento y precipitación acumulada, otros parámetros relacionados con el estado de la vegetación, la humedad del suelo y las características de la superficie. El objetivo es identificar con mayor precisión situaciones de peligro muy alto o extremo.
AEMET dispone además de estadísticas sobre el índice meteorológico de riesgo de incendios, con información por provincias y diferentes niveles de peligro.
AEPIRO considera que este tipo de herramientas deberían tener un papel central a la hora de determinar las restricciones, de manera que la decisión administrativa pueda apoyarse en el riesgo objetivo existente en una fecha y ubicación concretas.
La crítica a las prohibiciones generales
Uno de los aspectos que más preocupa al sector es, precisamente, la posibilidad de que se establezcan prohibiciones generales durante largos periodos en lugar de decisiones vinculadas a las condiciones concretas de cada jornada.
AEPIRO ha criticado especialmente que determinadas restricciones se mantengan durante meses sin atender, a su juicio, a la evolución diaria de los índices de riesgo.
La asociación considera que una política basada exclusivamente en el calendario puede generar situaciones contradictorias: espectáculos que se cancelan con varios días de antelación pese a que el riesgo concreto pudiera ser inferior al previsto inicialmente, mientras que otras actividades con potencial de generar fuego pueden desarrollarse bajo sistemas diferentes de autorización y control.
La organización reclama, por tanto, un sistema que permita actualizar las decisiones en función de la evolución meteorológica, manteniendo las prohibiciones cuando exista un riesgo elevado y permitiendo la celebración de los espectáculos cuando las condiciones de seguridad lo hagan posible.
El caso de Castilla y León ha intensificado el conflicto
La controversia ha adquirido especial visibilidad durante este verano en Castilla y León, donde AEPIRO ha denunciado cancelaciones de espectáculos y ha cuestionado la aplicación de la legislación forestal en espacios urbanos y agrícolas.
La patronal ha sostenido que determinadas restricciones se han aplicado a espectáculos celebrados en cascos urbanos o en terrenos agrícolas alejados de masas forestales y ha reclamado una delimitación más estricta del ámbito de aplicación de las normas forestales.
La asociación ha defendido que las empresas del sector son las primeras interesadas en evitar cualquier incendio y ha asegurado que los profesionales están dispuestos a suspender los espectáculos cuando las condiciones de seguridad no sean suficientes.
El conflicto, por tanto, no se plantea —según AEPIRO— como una oposición a las medidas de prevención, sino como una reclamación de proporcionalidad y seguridad jurídica.
Extremadura, entre las comunidades afectadas
La situación también afecta a Extremadura, donde la normativa de prevención de incendios establece un marco específico para los meses de mayor peligro.
La regulación extremeña contempla la prohibición del uso de material pirotécnico cuando el riesgo de incendio alcanza niveles muy altos o extremos y establece otras limitaciones en terrenos forestales, suelo rústico y zonas de influencia forestal.
Al mismo tiempo, la normativa distingue diferentes situaciones de riesgo y contempla procedimientos de autorización para determinadas actividades.
Esta diferenciación es precisamente la que el sector reclama que se aplique de manera homogénea y transparente en todo el territorio.
AEPIRO considera que los ayuntamientos y las Administraciones autonómicas deben disponer de criterios claros que permitan a las empresas conocer con suficiente antelación si un espectáculo podrá celebrarse y qué medidas preventivas serán necesarias.
El impacto no se limita a las empresas pirotécnicas
La patronal advierte de que las consecuencias económicas de las cancelaciones no afectan exclusivamente a los fabricantes y empresas encargadas de los espectáculos.
La actividad pirotécnica forma parte de la programación de fiestas patronales, ferias y celebraciones populares y está vinculada a una cadena económica en la que participan empresas de transporte, montaje, personal especializado, técnicos, organizadores de eventos y proveedores.
La suspensión de un espectáculo puede afectar también a la planificación general de una fiesta y a empresas que ya han comprometido recursos para su celebración.
Por ello, AEPIRO sostiene que la incertidumbre genera un efecto multiplicador sobre el conjunto de la actividad vinculada a los eventos festivos.
La organización considera especialmente preocupante que las empresas tengan que asumir costes derivados de cancelaciones cuando estas se producen después de haber realizado inversiones y contratado servicios necesarios para la celebración del espectáculo.
El sector reclama ayudas y mecanismos de compensación
Otro de los principales reproches formulados por AEPIRO se dirige a la ausencia, según la patronal, de líneas de ayuda, planes de contingencia o mecanismos de compensación económica para las empresas afectadas por las suspensiones.
La asociación considera que, si una Administración determina que un espectáculo previamente contratado no puede celebrarse por razones de seguridad pública o de prevención de incendios, debería existir algún mecanismo que permita reducir el impacto económico sobre las empresas que han cumplido sus obligaciones y han realizado previamente las inversiones necesarias.
La patronal advierte de que, en ausencia de estas medidas, las empresas soportan directamente el coste de decisiones administrativas que no dependen de ellas.
AEPIRO reclama por ello que las políticas de prevención vayan acompañadas, cuando las circunstancias lo justifiquen, de planes de contingencia y medidas económicas que permitan al sector afrontar situaciones excepcionales.
La patronal rechaza lo que considera una “persecución desproporcionada”
La organización empresarial ha utilizado términos especialmente contundentes para describir la situación y habla de una “persecución desproporcionada” contra la actividad pirotécnica.
Según AEPIRO, la suma de cancelaciones, prohibiciones y decisiones preventivas está generando un escenario que amenaza la continuidad de empresas que desarrollan una actividad altamente especializada.
La patronal teme que, si esta dinámica se consolida, algunos negocios no puedan mantener sus estructuras durante los meses posteriores a la temporada de verano.
La organización recuerda que el sector necesita mantener talleres, depósitos, profesionales especializados, vehículos y equipos durante todo el año, aunque una parte sustancial de sus ingresos se concentre en periodos concretos.
Por ello, una reducción significativa de la actividad durante julio y agosto puede tener consecuencias que se prolonguen durante el resto del ejercicio.
AEPIRO niega que el sector se oponga a la prevención
Pese al tono de sus críticas, la Asociación Española de la Pirotecnia insiste en que su posición no pretende cuestionar la necesidad de prevenir los incendios.
La patronal asegura que la seguridad debe estar por encima de la celebración de cualquier espectáculo y que las empresas especializadas son conscientes de los riesgos asociados a la utilización de material pirotécnico.
Su demanda se centra en que las restricciones sean aplicadas con criterios técnicos y de manera proporcional.
El sector defiende que, cuando un espectáculo se encuentra en una zona forestal o próxima a vegetación susceptible de propagar un incendio y el riesgo es muy alto o extremo, debe poder suspenderse.
Lo que reclama es que esa misma lógica no se aplique automáticamente a cualquier espacio urbano o agrícola sin analizar previamente las condiciones concretas del emplazamiento.
Una controversia también jurídica
La discusión tiene además una dimensión jurídica.
AEPIRO considera que algunas Administraciones estarían realizando una interpretación excesivamente amplia de la Ley de Montes para justificar prohibiciones en terrenos que, según la asociación, quedarían fuera de su ámbito.
La patronal ha llegado a calificar estas actuaciones de “fraude de ley”, una afirmación que corresponde a su posición y que no equivale a la existencia de una declaración judicial que haya establecido tal circunstancia.
La Ley de Montes establece que los terrenos agrícolas y urbanos no tienen la consideración de monte a efectos de la norma, aunque permite a las comunidades autónomas desarrollar su propia normativa forestal y establecer regulaciones específicas.
Por ello, cualquier valoración jurídica sobre una prohibición concreta dependerá de la normativa autonómica aplicable, de la clasificación del suelo, de la ubicación exacta del espectáculo, de las circunstancias de riesgo y del contenido de la resolución administrativa correspondiente.
La propia diversidad de las regulaciones autonómicas hace que no todas las prohibiciones puedan analizarse bajo un mismo criterio.
La propuesta de una Mesa de Diálogo
Ante este escenario, AEPIRO ha reclamado la creación urgente de una Mesa de Diálogo con las Direcciones Generales de Emergencias de las comunidades autónomas.
El objetivo sería establecer criterios comunes que permitan compatibilizar la prevención de incendios con la continuidad de una actividad que forma parte de numerosas celebraciones populares.
La patronal quiere que en esa mesa estén representados los responsables de emergencias y prevención de incendios de las comunidades autónomas y el propio sector pirotécnico, con el fin de abordar cuestiones como la delimitación de las zonas de riesgo, los criterios meteorológicos aplicables, los protocolos de suspensión, los plazos de comunicación de las cancelaciones y las medidas preventivas que pueden adoptar las empresas.
AEPIRO reclama también que las decisiones se comuniquen con la máxima antelación posible, para evitar que las empresas asuman gastos que posteriormente no puedan recuperar.
Un modelo basado en el riesgo concreto
La propuesta del sector pasa por sustituir, cuando sea jurídicamente posible, los vetos generalizados por un modelo de gestión basado en el riesgo concreto.
En este modelo, la autorización de un espectáculo tendría en cuenta variables como la distancia a masas forestales, las características del terreno, la vegetación existente, la meteorología prevista, el viento, la humedad, la temperatura, el nivel de peligro de incendios y las medidas de prevención y extinción disponibles.
El nuevo índice de peligro de incendios puesto en marcha por AEMET en 2026 proporciona precisamente información más detallada sobre las condiciones meteorológicas y territoriales que pueden favorecer la propagación del fuego.
Para el sector, disponer de información actualizada permitiría tomar decisiones más precisas y evitar tanto la exposición innecesaria al riesgo como la suspensión de actividades cuando las condiciones permitan su celebración con garantías.
Una actividad profundamente vinculada a las fiestas populares
La controversia adquiere también una dimensión cultural.
Los espectáculos pirotécnicos forman parte de las fiestas patronales, celebraciones tradicionales, ferias y acontecimientos culturales de numerosos municipios españoles.
Desde la perspectiva del sector, la pirotecnia constituye una actividad económica, pero también una expresión tradicional vinculada a la celebración colectiva.
La desaparición generalizada de estos espectáculos tendría, por tanto, un impacto no solo sobre las empresas sino también sobre la programación cultural y festiva de numerosos municipios.
AEPIRO defiende que la solución no debería pasar por eliminar de forma preventiva la pirotecnia, sino por desarrollar protocolos capaces de garantizar que los espectáculos puedan celebrarse cuando exista un nivel de seguridad suficiente.
Una industria que reclama seguridad jurídica
La principal demanda de la patronal en este momento es, en definitiva, disponer de seguridad jurídica y previsibilidad.
Las empresas necesitan conocer con suficiente antelación las condiciones bajo las que podrán trabajar, especialmente en una actividad en la que los espectáculos se contratan con meses de antelación y requieren una logística específica.
AEPIRO considera que la existencia de criterios diferentes entre comunidades autónomas y municipios puede generar incertidumbre y reclama una mayor coordinación administrativa.
La asociación sostiene que el objetivo debería ser que una empresa pueda saber, cuando formaliza un contrato, cuáles son las condiciones que determinarán la celebración del espectáculo y qué circunstancias podrían provocar su suspensión.
El debate entre prevención y actividad económica
La polémica planteada por el sector se produce en un contexto de creciente preocupación por los incendios forestales y por el aumento de episodios meteorológicos extremos.
Las Administraciones tienen la obligación de adoptar medidas preventivas para reducir el riesgo y proteger a la población y al medio natural. La propia legislación estatal establece instrumentos específicos para situaciones de peligro muy alto o extremo y permite a las comunidades autónomas desarrollar medidas adicionales.
Al mismo tiempo, el sector pirotécnico reclama que estas medidas sean proporcionadas y que tengan en cuenta las características específicas de cada actividad.
El desafío, según la posición defendida por AEPIRO, consiste en encontrar un equilibrio entre ambos objetivos: garantizar la seguridad frente a los incendios sin convertir la prevención en una prohibición indiscriminada de una actividad económica y cultural legalmente regulada.
Una situación que el sector quiere abordar antes de la próxima campaña
La patronal considera que el problema no debería limitarse a la temporada de verano de 2026.
AEPIRO reclama que las Administraciones aprovechen la experiencia acumulada durante esta campaña para establecer un marco más claro de cara a los próximos años.
La organización quiere que las posibles restricciones estén definidas con suficiente antelación, que existan criterios homogéneos y que las empresas conozcan qué documentación, medidas preventivas y dispositivos de seguridad deberán aportar.
También plantea que las decisiones de suspensión se adopten con la mayor anticipación posible y que se estudien mecanismos de compensación cuando las cancelaciones se produzcan por decisiones administrativas sobre contratos previamente formalizados.
La propuesta final: diálogo y criterios comunes
Ante la situación que denuncia, AEPIRO insiste en la necesidad de abrir un proceso de diálogo institucional.
La Mesa de Diálogo con las Direcciones Generales de Emergencias de las comunidades autónomas que reclama tendría como objetivo establecer una estrategia común en la que participen las Administraciones y el sector.
Entre las cuestiones que deberían abordarse figuran la delimitación exacta de las zonas de influencia forestal, la aplicación de los índices diarios de riesgo, los procedimientos de autorización, los criterios para suspender espectáculos, los dispositivos de vigilancia y extinción y las posibles medidas económicas para empresas afectadas.
La patronal considera que este diálogo permitiría evitar conflictos y reducir la incertidumbre que actualmente, según denuncia, está afectando a empresas de distintas comunidades autónomas.
AEPIRO defiende que el sector puede y debe asumir las máximas exigencias de seguridad, pero reclama que esas exigencias se traduzcan en criterios claros, previsibles y técnicamente justificados.
La asociación concluye que la protección frente a los incendios y la continuidad de los espectáculos pirotécnicos no tienen por qué ser objetivos incompatibles siempre que las decisiones se adopten atendiendo al riesgo real, a las características de cada emplazamiento y a las medidas de prevención disponibles.
En este sentido, el sector considera que la prioridad inmediata debe ser abrir un espacio de negociación con las Administraciones para evitar nuevas cancelaciones indiscriminadas y establecer un marco estable que permita afrontar las próximas temporadas con mayor seguridad jurídica y económica.



