La actualización del 1,5 por ciento, acordada por la Mesa de la Cámara con efectos económicos desde el 1 de enero, sitúa la retribución base de los parlamentarios con dedicación exclusiva en 4.989,47 euros brutos mensuales en 14 pagas
Agencias – La retribución de los diputados de la Asamblea de Extremadura se ha actualizado en 2026 un 1,5 por ciento, el mismo porcentaje aplicado a las retribuciones de los empleados públicos, de acuerdo con la actualización aprobada por la Mesa de la Cámara con efectos económicos desde el 1 de enero.
Con esta actualización, la retribución base de los parlamentarios acogidos al régimen de dedicación exclusiva se sitúa en 4.989,47 euros brutos mensuales en 14 pagas, lo que supone una retribución anual de 69.852 euros.
La actualización responde al sistema retributivo establecido por la propia Asamblea de Extremadura y se aplica en el marco de las decisiones adoptadas por la Mesa de la Cámara. Las cuantías, junto con las indemnizaciones y compensaciones vinculadas al ejercicio de la actividad parlamentaria, están sometidas a las obligaciones de publicidad y transparencia.
El régimen retributivo de los parlamentarios extremeños debe entenderse, además, en relación con el régimen de dedicación al que se acoge cada diputado y con las responsabilidades institucionales que desempeña. No todos los parlamentarios se encuentran en la misma situación, ni las cantidades que pueden percibir responden exclusivamente a una retribución salarial.
EL 83 POR CIENTO DE LOS DIPUTADOS EJERCE EL CARGO CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA
Uno de los elementos centrales del actual sistema es el elevado grado de dedicación exclusiva existente en la Asamblea de Extremadura.
En la XII Legislatura, 54 de los 65 diputados que integran la Cámara, el 83 por ciento, han solicitado acogerse al régimen de dedicación exclusiva. Esta modalidad supone que el ejercicio del cargo parlamentario se realiza con plena dedicación y con incompatibilidad respecto de cualquier otra actividad profesional o laboral remunerada, tanto en el ámbito público como en el privado, con las excepciones previstas legalmente.
El régimen de dedicación exclusiva establece, por tanto, una vinculación específica entre la percepción de la retribución y el desempeño efectivo de las funciones parlamentarias. Las actividades que puedan constituir una excepción a este régimen deben ser comunicadas y, cuando corresponda, autorizadas conforme a la normativa vigente.
Asimismo, el marco regulador contempla mecanismos de control ante posibles incumplimientos. La normativa prevé la posibilidad de revocar el régimen de dedicación exclusiva y exigir la devolución de las cantidades percibidas cuando se produzcan situaciones incompatibles con las condiciones establecidas.
Por grupos parlamentarios, la dedicación exclusiva ha sido solicitada por los siete diputados de Unidas por Extremadura, nueve de los once diputados de Vox, 17 de los 18 parlamentarios del PSOE y 21 de los 29 diputados del PP.
En este último grupo se integran, además, miembros del Gobierno autonómico que desempeñan responsabilidades ejecutivas y que perciben sus retribuciones en función del cargo que ocupan en el Ejecutivo.
UN SISTEMA QUE DIFERENCIA ENTRE DEDICACIÓN, RESPONSABILIDADES Y GASTOS ASOCIADOS A LA ACTIVIDAD PARLAMENTARIA
El modelo establecido por la Asamblea de Extremadura diferencia entre las cantidades vinculadas al ejercicio ordinario de la función parlamentaria y aquellas que responden a circunstancias concretas derivadas de la actividad institucional.
Los diputados acogidos a la dedicación exclusiva pueden percibir las compensaciones establecidas para los desplazamientos vinculados al ejercicio de sus funciones. Actualmente, la indemnización por kilometraje se encuentra fijada en 0,22 euros por kilómetro desde el domicilio habitual.
Por su parte, los parlamentarios que no están acogidos al régimen de dedicación exclusiva perciben las dietas establecidas por la asistencia a los órganos de la Cámara. En la actualidad, estas cuantías ascienden a 140 euros por asistencia a plenos y comisiones, con una cantidad de 162 euros por sesión cuando el domicilio habitual del diputado se encuentra fuera de Mérida, de acuerdo con las condiciones establecidas por la Asamblea.
Estas cantidades tienen una naturaleza diferente de la retribución base y están vinculadas a los gastos y desplazamientos derivados del desempeño de la actividad parlamentaria.
El sistema permite así atender las distintas circunstancias asociadas al ejercicio de la representación política, teniendo en cuenta tanto la dedicación del parlamentario como los gastos que genera el desempeño efectivo de sus funciones.
DIFERENTES SISTEMAS RETRIBUTIVOS EN LOS PARLAMENTOS AUTONÓMICOS
Las retribuciones de los parlamentarios autonómicos se establecen de acuerdo con los respectivos regímenes económicos de cada cámara. Estos sistemas presentan diferencias tanto en las cuantías de las asignaciones como en el número de pagas, los complementos asociados a determinadas responsabilidades y las indemnizaciones vinculadas al ejercicio de la actividad parlamentaria.
Por este motivo, la comparación entre cámaras debe realizarse teniendo en cuenta el conjunto de las condiciones económicas y no únicamente la asignación base. En función de cada Parlamento, pueden existir conceptos vinculados a la dedicación exclusiva, las responsabilidades dentro de los órganos de gobierno, la residencia, los desplazamientos o la asistencia a las sesiones.
Como referencia, las cuantías base establecidas para 2026 en diferentes cámaras autonómicas son las siguientes:
Parlamento Vasco: 5.879 euros mensuales.
Asamblea de Extremadura: 4.989,47 euros mensuales.
Parlamento de las Illes Balears: 4.635,02 euros mensuales.
Junta General del Principado de Asturias: 4.492,83 euros mensuales.
Parlamento de Navarra: 4.415,47 euros mensuales.
La Asamblea de Extremadura establece para los parlamentarios acogidos al régimen de dedicación exclusiva una retribución base de 4.989,47 euros brutos mensuales en 14 pagas, equivalente a 69.852 euros anuales.
Las cuantías recogidas responden, en cada caso, a la regulación propia de las respectivas cámaras y no constituyen por sí mismas una comparación homogénea de la retribución final que perciben sus parlamentarios. La existencia de diferentes sistemas de pagas, complementos e indemnizaciones hace necesario valorar cada modelo en su conjunto.
Esta diversidad es común al funcionamiento de los parlamentos autonómicos, que establecen sus propios regímenes económicos dentro del marco normativo correspondiente. En algunos casos, además de la asignación base, se contemplan complementos específicos para quienes desempeñan responsabilidades en la Mesa, ejercen portavocías o presiden comisiones parlamentarias.
También existen diferentes fórmulas para compensar los gastos derivados del ejercicio de la actividad parlamentaria, especialmente los relacionados con los desplazamientos y la residencia.
En el caso de las Cortes Generales, la asignación constitucional de los diputados del Congreso en 2026 es de 3.366,99 euros mensuales y la de los senadores de 3.417,54 euros, a las que pueden añadirse las indemnizaciones y complementos previstos por sus respectivas Cámaras.
De este modo, las distintas cuantías permiten contextualizar el régimen retributivo de la Asamblea de Extremadura dentro de la diversidad de modelos existentes en España, sin que resulte adecuado establecer una clasificación directa entre cámaras que aplican sistemas económicos diferentes.
RETRIBUCIONES DIFERENCIADAS PARA LAS RESPONSABILIDADES DE LA MESA
El régimen contempla asimismo asignaciones específicas para los miembros de la Mesa de la Asamblea, en atención a las responsabilidades institucionales adicionales que desempeñan.
La Presidencia, las dos Vicepresidencias y las tres Secretarías de la Cámara tienen asignaciones diferenciadas respecto de la retribución correspondiente al resto de parlamentarios, de acuerdo con las funciones y responsabilidades que lleva aparejado cada uno de estos puestos.
Las últimas cuantías disponibles sitúan la remuneración anual de la Presidencia en 88.250,96 euros, mientras que las dos Vicepresidencias cuentan con una asignación anual de 77.856,24 euros cada una y las tres Secretarías con 75.780,04 euros.
Estas diferencias responden al distinto nivel de responsabilidad institucional y a las funciones de dirección y organización de la actividad parlamentaria asociadas a los órganos de gobierno de la Cámara.
UNA ACTUALIZACIÓN DEL 1,5 POR CIENTO EN 2026
La actualización aplicada este año supone un incremento del 1,5 por ciento respecto de las cuantías vigentes en 2025. La medida fue acordada por la Mesa de la Asamblea con efectos económicos desde el 1 de enero de 2026.
El porcentaje coincide con el incremento aplicado a las retribuciones de los empleados públicos, de manera que la actualización de las asignaciones de los parlamentarios se sitúa en los mismos términos porcentuales.
Este incremento supone algo más de mil euros brutos adicionales al año para los parlamentarios acogidos al régimen de dedicación exclusiva.
La actualización de 2026 se produce, además, después de que las asignaciones correspondientes al ejercicio 2025 fueran actualizadas un 2,5 por ciento, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de ese año.
TRANSPARENCIA Y PUBLICIDAD DE LAS RETRIBUCIONES
Las condiciones económicas vinculadas al ejercicio de la función parlamentaria forman parte de la información pública de la Asamblea de Extremadura y se encuentran sujetas a los mecanismos de transparencia de la institución.
La publicación de las retribuciones, indemnizaciones y demás asignaciones permite conocer las condiciones económicas asociadas al desempeño de la representación parlamentaria y facilita el acceso de la ciudadanía a la información relativa al funcionamiento de la Cámara.
El sistema establece, además, diferentes mecanismos de control sobre el régimen de dedicación exclusiva y sobre las condiciones que deben cumplir los parlamentarios para percibir las cantidades asociadas a dicho régimen.
De este modo, la regulación combina la dedicación efectiva al ejercicio de la función parlamentaria, la compensación de los gastos derivados de la actividad institucional y la diferenciación de las responsabilidades asumidas dentro de la Cámara, todo ello dentro de un marco de publicidad y transparencia.
La actualización de las retribuciones en 2026 se enmarca, por tanto, en el régimen aprobado por la Asamblea de Extremadura y responde a los criterios establecidos para la evolución de las cuantías, con una subida del 1,5 por ciento que coincide con la aplicada al conjunto de los empleados públicos.



