La Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio ha aprobado una instrucción por la que se establecen criterios técnicos para la previsión de cargas eléctricas y la aplicación de coeficientes de simultaneidad en áreas de uso industrial.
Se trata de una demanda histórica por parte de desarrolladores de suelo industrial y agentes urbanizadores, tanto públicos como privados, ya que permite el desarrollo de nuevos polígonos industriales más eficientes y adaptados a las necesidades reales de potencia eléctrica de los empresarios y los ayuntamientos.
Con ello, la Dirección General de Industria, Energía y Minas pretende garantizar un dimensionamiento adecuado de las redes eléctricas, evitando tanto sobredimensionamientos como insuficiencias de suministro, facilitando así el trabajo de proyectistas, promotores y empresas distribuidoras.
Entre las principales novedades, la instrucción fija criterios mínimos de previsión de potencia por parcela en función de su superficie, cuando ésta no haya sido fijada previamente por el planeamiento urbanístico, así como parámetros para el cálculo del alumbrado de viales y espacios comunes.
Asimismo, introduce la aplicación de coeficientes de simultaneidad conforme a la normativa más reciente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, lo que permite una estimación más ajustada de la demanda real de energía.
Además, la nueva instrucción determina que las infraestructuras de distribución deberán dimensionarse atendiendo a la demanda energética prevista y aplicando los coeficientes de simultaneidad establecidos por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de acuerdo con la normativa estatal vigente.
Con esta iniciativa, la Junta de Extremadura refuerza su compromiso con el desarrollo industrial eficiente, sostenible y que garantice la mejora de la planificación energética en el territorio de la Comunidad Autónoma, contribuyendo a la mejor implantación de nuevos proyectos empresariales y a la optimización de las inversiones en redes de distribución eléctrica.
Cabe indicar que esta instrucción entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, en concreto, en el DOE 132 de 10 de Julio de 2026.



