La Audiencia Provincial de Badajoz condena al hermano del presidente del Gobierno a nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público y al expresidente de la Diputación de Badajoz y exsecretario general del PSOE de Extremadura, Miguel Ángel Gallardo, a dieciocho años de inhabilitación por un delito de prevaricación administrativa, en una sentencia que cuestiona el uso partidista de las instituciones públicas.
La condena dictada por la Audiencia Provincial de Badajoz contra David Sánchez Pérez-Castejón, hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y contra el exlíder del PSOE de Extremadura y expresidente de la Diputación de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo, supone uno de los reveses judiciales más relevantes para el socialismo español en los últimos años.
La resolución judicial impone a David Sánchez una pena de nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, al considerarlo autor por cooperación necesaria de un delito de prevaricación administrativa, mientras que Miguel Ángel Gallardo ha sido condenado a dieciocho años de inhabilitación por los mismos hechos, al entender el tribunal que participó en la adopción de resoluciones arbitrarias para favorecer la contratación del hermano del presidente del Ejecutivo.
La sentencia pone fin al procedimiento iniciado tras una larga investigación judicial en la que la magistrada Beatriz Biedma apreció indicios suficientes de que la plaza de Coordinador de Actividades de los Conservatorios de la Diputación de Badajoz fue diseñada específicamente para ser ocupada por David Sánchez, alterando los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben regir el acceso al empleo público.
Durante el juicio, celebrado en la Audiencia Provincial de Badajoz entre finales de mayo y comienzos de junio, David Sánchez negó haber influido en la creación de su puesto de trabajo, rechazó que solicitara modificaciones para adaptar el cargo a sus intereses personales y negó igualmente haber intervenido en la contratación de Luis Carrero, antiguo asesor de Moncloa y persona de su máxima confianza.
Sin embargo, la investigación judicial otorgó especial relevancia al abundante material documental incorporado a la causa, especialmente a los correos electrónicos intervenidos durante la instrucción y analizados con el apoyo de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.
Según la resolución judicial, dichos correos reflejan una planificación previa de la creación del puesto y muestran conversaciones relacionadas con la adaptación de las funciones del cargo a las circunstancias personales de David Sánchez, permitiéndole desarrollar paralelamente su actividad musical y reduciendo las obligaciones presenciales propias del puesto.
Asimismo, la sentencia considera acreditado que posteriormente se impulsó la contratación de Luis Carrero para incorporarlo al mismo entorno de trabajo, extremo que la magistrada interpretó como una nueva actuación destinada a favorecer intereses particulares utilizando recursos públicos.
En su resolución, la jueza ya advirtió durante la fase de instrucción que los mensajes intervenidos constituían únicamente una parte de las comunicaciones mantenidas entre los investigados y sostuvo que este tipo de actuaciones, cuando son conscientes de su posible ilegalidad, rara vez dejan un rastro documental completo.
Respecto a Miguel Ángel Gallardo, el tribunal considera acreditada su participación decisiva en la creación y desarrollo del procedimiento administrativo que permitió la incorporación de David Sánchez a la Diputación de Badajoz, rechazando los argumentos de la defensa y subrayando que la ausencia de determinados correos electrónicos no impedía apreciar la existencia de una actuación arbitraria a la vista del conjunto de pruebas practicadas.
La sentencia también destaca la rapidez con la que se tramitaron tanto la creación del puesto como los posteriores cambios organizativos, así como la estrecha relación existente entre Gallardo y David Sánchez, reflejada en diferentes comunicaciones incorporadas al procedimiento.
Durante toda la causa, la Fiscalía decidió no formular acusación contra David Sánchez, mientras que las acusaciones populares —ejercidas por el Partido Popular, Vox, Hazte Oír e Iustitia Europa— sostuvieron que existían suficientes indicios de prevaricación y tráfico de influencias, solicitando inicialmente penas de prisión que posteriormente elevaron durante el juicio.
Desde la oposición política, la resolución judicial ha sido interpretada como una prueba de que las instituciones no pueden ponerse al servicio de intereses personales o familiares. Diversos dirigentes han reclamado responsabilidades políticas inmediatas y han exigido explicaciones al presidente del Gobierno y al PSOE por un caso que, a su juicio, deteriora gravemente la confianza de los ciudadanos en las administraciones públicas.
La condena supone un duro golpe para el PSOE, especialmente en Extremadura, donde Miguel Ángel Gallardo fue durante años una de las principales referencias del partido y presidente de la Diputación de Badajoz. Para los críticos con la gestión socialista, la sentencia evidencia un modelo de utilización de las instituciones para beneficiar a personas vinculadas al poder político, vulnerando los principios de objetividad, transparencia e igualdad que deben regir la administración pública.
Aunque la resolución todavía puede ser recurrida ante instancias superiores, la condena abre un nuevo escenario político y judicial para el entorno del presidente del Gobierno y vuelve a situar bajo el foco el funcionamiento de determinadas administraciones públicas durante los años investigados.
@Ondacero.es



