La Memoria de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma recoge que durante 2024 se tramitaron 129 expedientes de determinación de edad, de los que 24 confirmaron la minoría de edad y 41 fueron archivados sin resolución
La Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Extremadura determinó durante 2024 que 64 de los 129 migrantes sometidos a procedimientos de determinación de edad eran mayores de edad. Según recoge la Memoria 2025 del Ministerio Público, en otros 24 expedientes se confirmó la minoría de edad de las personas afectadas, mientras que los 41 restantes fueron archivados por renuncia a continuar el procedimiento o por abandono voluntario del recurso de acogida antes de finalizar las actuaciones.
La publicación de estos datos coincide con el anuncio realizado esta semana por la Junta de Extremadura, a través de la Vicepresidencia y Consejeria de Desregulación, Servicios Sociales y Familia, en manos de VOX, de que solicitará a la Fiscalía cobertura legal para practicar pruebas de determinación de edad a las personas migrantes que lleguen a la comunidad autónoma cuando existan dudas fundadas sobre si son menores o mayores de edad. Según ha explicado el Ejecutivo autonómico, estas actuaciones se plantean únicamente en aquellos supuestos en los que no pueda acreditarse con certeza la edad de la persona o existan dudas sobre la documentación aportada.
Procedimiento previsto en la legislación
Las diligencias de determinación de edad se practican cuando existen dudas razonables sobre la edad de una persona extranjera que manifiesta ser menor de edad o cuando la documentación aportada no permite acreditarla con certeza. La competencia para impulsar este procedimiento corresponde al Ministerio Fiscal, que actúa con la colaboración de las fuerzas y cuerpos de seguridad, los Institutos de Medicina Legal y los servicios sanitarios.
La determinación de la edad establece el régimen jurídico aplicable a cada persona. Cuando las actuaciones concluyen que se trata de un menor de edad, la persona pasa a integrarse en el sistema de protección de menores de la comunidad autónoma correspondiente, mediante las medidas de tutela o guarda que procedan. Si, por el contrario, se determina que es mayor de edad, deja de aplicarse ese régimen específico y pasa a regirse por la normativa general en materia de extranjería.
La legislación española establece que, cuando la edad de una persona extranjera indocumentada no pueda determinarse con seguridad, deberá recibir atención inmediata de los servicios de protección mientras el Ministerio Fiscal promueve las diligencias necesarias para su comprobación. Estas actuaciones pueden incluir el análisis de la documentación disponible y, cuando resulte necesario, la práctica de pruebas médicas realizadas por los servicios sanitarios competentes.
La solicitud anunciada por la Junta se enmarca en este procedimiento legal, ya que corresponde al Ministerio Fiscal acordar las diligencias de determinación de edad cuando existan dudas razonables sobre la minoría de edad de una persona extranjera. La práctica de estas actuaciones requiere la intervención de la Fiscalía y la colaboración de los servicios sanitarios y de los Institutos de Medicina Legal.
Se duplican los expedientes en un año
La Memoria refleja un incremento significativo de este tipo de actuaciones en Extremadura. Durante 2023 la Fiscalía tramitó 63 expedientes de determinación de edad, mientras que en 2024 la cifra ascendió a 129, lo que supone más del doble que el ejercicio anterior.
El documento atribuye este aumento, en parte, a la actividad desarrollada en materia de extranjería durante el último año y al volumen de personas acogidas temporalmente en recursos habilitados en la comunidad autónoma.
En este sentido, el fiscal delegado de Extranjería de Badajoz señala que el incremento de las diligencias está relacionado con la constante rotación de personas acogidas en el Centro de Acogida de Emergencia y Derivación (CAED) de Mérida, donde se han practicado numerosos procedimientos de determinación de edad respecto de ciudadanos extranjeros acogidos temporalmente.
Coordinación institucional
La Memoria destaca la coordinación existente entre las Fiscalías provinciales, las Brigadas Provinciales de Extranjería y Fronteras del Cuerpo Nacional de Policía, los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses y los hospitales del Servicio Extremeño de Salud (SES), organismos que intervienen en las actuaciones necesarias para determinar la edad cuando así lo acuerda el Ministerio Fiscal.
El documento también recoge que una parte de los menores extranjeros acogidos en los centros de protección de Extremadura procede de Ucrania, dentro de los distintos programas de atención desarrollados durante el ejercicio.
Presión sobre el sistema de protección
Según la Memoria, el Centro de Acogida de Emergencia y Derivación (CAED) de Mérida registró durante 2024 una media superior a 900 personas acogidas de forma sucesiva. El informe señala que esta situación llegó a situar al sistema autonómico de protección de menores próximo al límite de las plazas disponibles.
La Fiscalía expone que la determinación de la edad permite establecer el recurso asistencial correspondiente en cada caso, diferenciando entre las personas que deben incorporarse al sistema de protección de menores y aquellas a las que resulta aplicable el régimen ordinario previsto para las personas adultas.
Datos nacionales
En el conjunto de España, la Fiscalía General del Estado tramitó durante 2024 un total de 7.562 diligencias preprocesales de determinación de edad, 140 más que en 2023.
De ellas, 2.457 concluyeron que la persona afectada era mayor de edad, mientras que en 3.825 casos se determinó que era menor o existían elementos suficientes para considerar posible su minoría de edad. Otros 1.280 procedimientos fueron archivados sin resolución definitiva, principalmente por el abandono de los recursos de acogida antes de finalizar las actuaciones.
Los datos nacionales reflejan que las diligencias de determinación de edad constituyen un procedimiento habitual dentro del sistema de protección de menores y de la normativa de extranjería, cuya aplicación corresponde al Ministerio Fiscal cuando existen dudas fundadas sobre la edad de la persona afectada.



