La segunda jornada del juicio por la contratación de David Sánchez en la Diputación de Badajoz ha vuelto a poner sobre la mesa las numerosas incógnitas que rodean un proceso selectivo que, casi una década después, continúa generando controversia y alimentando las sospechas de que la plaza pudo haber sido diseñada para favorecer al hermano del actual presidente del Gobierno.
La declaración de Cristina de Frutos, una de las candidatas que concurrió al puesto de coordinador de los conservatorios provinciales en 2017, ha resultado especialmente significativa. La aspirante afirmó ante el tribunal que, en su opinión, durante el procedimiento no existió una verdadera “igualdad de oportunidades” entre los candidatos, una valoración que golpea directamente la imagen de imparcialidad que debe presidir cualquier proceso de selección en la administración pública.
Su testimonio adquiere relevancia no solo por tratarse de una participante directa en el concurso, sino porque describió diferencias sustanciales en el desarrollo de las entrevistas. Según relató, mientras la valoración final destacó la capacidad de David Sánchez para responder a las preguntas formuladas por la comisión, ella aseguró que ni siquiera fue interrogada durante su comparecencia y que se limitó a exponer brevemente su proyecto. Esta circunstancia plantea interrogantes sobre la homogeneidad de los criterios aplicados a los distintos aspirantes y sobre si todos ellos fueron realmente sometidos a las mismas condiciones de evaluación.
La música también reiteró una afirmación especialmente delicada: aseguró que días antes de la entrevista recibió comentarios según los cuales el puesto ya estaba adjudicado de antemano a David Sánchez. Aunque dicha versión ha sido negada por otras personas vinculadas al caso y no ha quedado acreditada judicialmente, el mero hecho de que una candidata acudiera al proceso con la percepción de que el resultado estaba decidido previamente contribuye a erosionar la confianza pública en la limpieza del procedimiento.
Uno de los aspectos más debatidos de su declaración fue la ausencia de una denuncia formal en el momento de los hechos. La defensa de David Sánchez y la Fiscalía incidieron en esta cuestión, recordando que la aspirante no presentó recurso ni reclamación cuando concluyó el proceso y que su comunicación a la Fiscalía llegó varios años después. Sin embargo, la falta de denuncia inmediata no elimina necesariamente las dudas planteadas sobre el desarrollo de la selección, especialmente cuando la propia testigo explicó que percibía una notable desigualdad de poder frente a las instituciones implicadas y que no consideró viable iniciar una batalla administrativa o judicial.
Las declaraciones producidas durante las distintas sesiones del juicio muestran además un escenario complejo en el que conviven testimonios contradictorios. Mientras algunos comparecientes han restado importancia a los rumores que circulaban en torno a la contratación, otros han reconocido que existía una percepción extendida de que el nombre del futuro adjudicatario era conocido antes de la resolución definitiva. Aunque los rumores por sí solos no constituyen una prueba de irregularidad, sí reflejan un clima de sospecha que difícilmente encaja con los principios de transparencia y objetividad exigibles a una administración pública.
La controversia no se limita únicamente al procedimiento inicial de contratación. Las acusaciones sostienen que la creación del puesto y su posterior evolución dentro del organigrama provincial responden a una estrategia destinada a acomodar profesionalmente a David Sánchez. Según esta tesis, la estructura administrativa se habría adaptado progresivamente a las características y necesidades del beneficiario, en lugar de responder exclusivamente al interés general o a las necesidades objetivas de la institución.
Por su parte, varios responsables y trabajadores de la Diputación han defendido durante el juicio la utilidad del trabajo desarrollado por el músico, destacando la expansión del programa Ópera Joven y la consolidación de nuevas actividades culturales durante los años en que estuvo vinculado al organismo provincial. Estas declaraciones han sido utilizadas por la defensa para argumentar que la contratación respondió a criterios profesionales legítimos y que el puesto desempeñó funciones reales y necesarias.
Sin embargo, la cuestión central que examina el tribunal no gira exclusivamente en torno a la calidad del trabajo realizado posteriormente, sino sobre el modo en que se creó, convocó y adjudicó la plaza. En otras palabras, el debate jurídico y político no se centra únicamente en si David Sánchez desempeñó o no funciones efectivas, sino en si tuvo acceso a un puesto configurado específicamente para favorecer su incorporación a la administración.
La comparecencia de Cristina de Frutos vuelve a poner el foco sobre este aspecto fundamental. Cuando una candidata afirma ante un tribunal que no percibió igualdad de oportunidades y describe un proceso en el que los aspirantes no habrían sido evaluados bajo criterios idénticos, las dudas sobre la neutralidad de la selección resurgen con fuerza. Aunque corresponderá finalmente a los jueces determinar si existieron o no delitos de prevaricación y tráfico de influencias, el caso continúa proyectando una sombra sobre la gestión de la Diputación de Badajoz y sobre una contratación que, años después de producirse, sigue sin lograr despejar completamente las sospechas de trato de favor.
La resolución judicial será la que determine si dichas sospechas encuentran respaldo probatorio suficiente. Entretanto, cada nueva sesión del juicio sigue aportando elementos que mantienen vivo un debate que trasciende el ámbito estrictamente penal y alcanza una cuestión de fondo: la necesidad de garantizar que el acceso al empleo público se produzca siempre bajo criterios de mérito, capacidad y absoluta igualdad entre todos los aspirantes.



