La sesión celebrada ayer en el procedimiento judicial que investiga la contratación de David Sánchez en la Diputación de Badajoz ha dejado varias declaraciones que vuelven a situar el foco sobre las circunstancias que rodearon la creación y adjudicación de su puesto.

Uno de los testimonios más significativos ha sido el de Álvaro Jaén, entonces diputado de Podemos en la Asamblea de Extremadura y denunciante político del caso. Jaén explicó que las bases de la convocatoria le llamaron la atención desde el primer momento al comprobar que no exigían una titulación superior específica de música y que tampoco detallaban los criterios de puntuación. Según declaró, tanto el procedimiento como el resultado les parecieron suficientemente sorprendentes como para hacerlo público.

Las dudas sobre el diseño de la plaza también quedaron reflejadas en la referencia de Jaén a que no se trató de una oposición ordinaria y en su extrañeza por la ausencia de un tribunal evaluador, elementos que habitualmente aportan garantías de transparencia y objetividad en los procesos de selección pública.

Por su parte, Julián Expósito, director del Área de Presidencia de la Diputación en 2017, reconoció que la institución optó por modificar una plaza ya existente en lugar de crear una nueva. Según explicó, la creación de un puesto nuevo habría supuesto mayores costes y la obligación de convocar un nuevo concurso. Aunque defendió que la modificación fue “inocua”, su declaración confirma que la Administración eligió una vía distinta a la creación de una plaza completamente nueva.

Otro de los testimonios relevantes fue el de Francisco Serrano, quien formó parte del comité de empresa. Serrano afirmó que existían “otras necesidades” y que se opuso a la creación de la plaza ocupada posteriormente por David Sánchez. Su declaración resulta especialmente significativa porque cuestiona la oportunidad de la decisión desde dentro de la propia organización.

Los testigos coincidieron en señalar que no tuvieron conocimiento directo de episodios de absentismo laboral por parte de David Sánchez. Sin embargo, la cuestión central de la causa no se limita a la asistencia al trabajo, sino a las circunstancias en las que se diseñó, modificó y adjudicó el puesto.

Las declaraciones escuchadas durante la jornada refuerzan así algunas de las incógnitas que han acompañado al caso desde sus inicios: la configuración de las bases, la ausencia de criterios de valoración claramente definidos, la falta de un tribunal evaluador y la modificación de una plaza existente en lugar de la creación de un nuevo puesto mediante un procedimiento ordinario.

La evolución del juicio determinará si estas circunstancias fueron simples decisiones administrativas o si constituyeron irregularidades con relevancia jurídica.